Comunicado en el que se aclara la postura de la AFE.
“Ante la desafortunada confusión que ha producido el comunicado oficial emitido por la Liga de Fútbol Profesional (LFP) el pasado jueves tarde-noche como consecuencia de la expedición por parte de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) de la licencia federativa de Pedro León con el Getafe CF SAD, nos vemos en la obligación de aclarar tan desafortunada confusión producida por el citado comunicado, máxime cuando dicho organismo, en el ejercicio de funciones públicas delegadas, debe acatar las decisiones de los órganos competentes.
La expedición de la citada licencia concede plenitud de derechos al futbolista Pedro León Sánchez Gil y al Getafe CF SAD para su participación en el Campeonato Nacional de Liga de Primera División.
La participación en competición oficial de futbolistas con licencia emitida por la RFEF sin el visado previo de la LFP ya fueron consideradas ajustadas al ordenamiento jurídico por resolución emitida por el CSD en el año 2006.
Previamente a dicha resolución, varios clubes participantes en la competición interpusieron diversas reclamaciones por alineación indebida de los citados futbolistas fundamentando la falta de visado previo de la LFP.
Dichas reclamaciones fueron desestimadas en su totalidad en primera instancia ante el Comité de Competición de la RFEF, seguidamente por el Comité de Apelación de la RFEF, y finalmente también ante el Comité Español de Disciplina deportiva (CEDD), siendo dicho organismo sustituido actualmente por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).
De entre la fundamentación jurídica de dichas resoluciones destacamos: “En aquellos supuestos en que los deportistas que toman parte en las competiciones lo hacen amparados por licencias expedidas por los órganos federativos competentes, aún en los supuestos en que dichas licencias puedan haber sido emitidas con infracción de determinadas normas aplicables respecto de ellas, siempre que no exista dolo ni mala fe por parte de los jugadores o de sus clubes y hubieran actuado en la convicción de estar amparados por aquellas licencias”.
De igual modo, la Resolución de 27 de marzo de 1998 indicó que “Cuando un jugador dispone de una licencia concedida por el órgano federativo competente, sin que su obtención medie fraude, dolo o engaño, resulta evidente que una elemental aplicación del principio de seguridad jurídica protege al jugador y a su Club, de modo que la eventual impugnación de la regularidad de tal licencia habrá de discutirse en su caso en la oportuna vía federativa o ante la Jurisdicción ordinaria competente, pero no puede ser constitutiva de una infracción disciplinaria de alineación indebida …”
A su vez, la jurisprudencia aplicada por los Tribunales ordinarios también es unánime en este supuesto. Por todo ello, la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) reitera la absoluta legalidad de la participación del futbolista Pedro León con el Getafe CF SAD en el Campeonato Nacional de Liga.”