Mañana en la reunión de los patronos de la Fundación del Valencia CF se puede dar por finalizada la venta del club valencianista a la empresa Meriton Holdings cuyo dueño es el magnate singapurense Peter Lim.
Ante tal magnitud de los hechos, un conjunto de simpatizantes del Valencia, ha querido mostrar su opinión sobre el largo proceso de venta y los derechos y obligaciones del patrono al representar a una entidad tan importante como esta.
La carta de presentación al igual que la carta definitiva ha sido llevada a cabo por el abogado Jaime Navarro.
“PLATAFORMA POR LA TRANSPARENCIA Y POR LA BUENA GESTIÓN DEL VALENCIA CLUB DE FÚTBOL Y SU FUNDACIÓN.
En la mañana de hoy, un grupo de socios del Valencia Club de Fútbol, inquietos y muy preocupados por el proceso de venta de nuestro Club, que al parecer podría culminar mañana con la votación de los patronos de la Fundación, ha decidido encargar al abogado Jaime Navarro un escrito que ha sido remitido a los patronos institucionales para que tengan en cuenta la gran responsabilidad que sobre ellos recae y futuras consecuencias si el proceso no cumple los requisitos que marca la legalidad.
Todo ello sin hablar de la importancia que supone la venta del sentimiento valencianista que ha ido pasando de padres a hijos durante décadas y del hecho de que antes de su Centenario, cuanto menos, la sociedad está en peligro. La plataforma representa a un grupo de socios y quienes quieran adherirse.
Jaime Navarro
Abogado y portavoz de la plataforma.”
La segunda parte es la carta propiamente dicha en la que el abogado expone el punto de vista de estos socios que se muestran preocupados ante el futuro que se puede dar a partir de ahora en la entidad de Mestalla.
“AL SR …
COMO PATRONO DE LA FUNDACIÓN DEL VALENCIA CLUB DE FÚTBOL
Valencia a 29 de Julio del 2014
Respetado Señor:
Antes de que en las próximas fechas dé su consentimiento a la que finalmente pudiera ser la autorización para la venta del Valencia C.F., le rogaría encarecidamente que prestará atención a nuestras palabras, por sí le pueden servir de utilidad en trance tan decisivo e importante para nuestra ciudad y en definitiva para el fútbol español.
Porque como sin duda habrá ya sopesado, el Valencia C.F. no es otro club más: su dilatado palmares tanto nacional como internacional en el deporte rey, confieren a dicho club unos hondos y magnos componentes históricos, emocionales y de identificación colectiva de los que sin embargo no gozan otros muchos clubes de fútbol, tanto nacionales como extranjeros, y que no se corresponden con los de otras disciplinas deportivas más minoritarias.
Siendo que su cargo en la Fundación del Valencia C.F., lo es precisamente en tanto que usted ostenta un cargo de carácter público o de gestión de la cosa pública (representante de institución autonómica) es por lo que, antes de tomar cualquier determinación en lo que atañe a autorizaciones, decisiones, votaciones o permisos para que finalmente el Valencia C.F. sea vendido o pase a ser controlado, gestionado o administrado, en cualquiera de las formas previstas en derecho; debería analizar con detalle cada una de las ofertas que para tal fin se han presentado -y por supuesto sin descartar ninguna a priori-, al tiempo que procurar la transparencia necesaria para el público conocimiento por la sociedad valenciana de tales ofertas o propuestas que se hayan presentado para adquirir la propiedad y/o la efectiva administración del Valencia C.F. SAD.
Es por ello que, en su condición de gestor público, con capacidad de decisión en esta materia -precisamente por representar a un organismo público- debería considerar que sus decisiones deben regirse bajo los principios básicos del derecho público como son la pública concurrencia y la transparencia, por lo que la ausencia de la debida claridad en todo este asunto podría llevar, en su día, a la justa anulación de esta decisión tan trascendente para nuestra ciudad y para los sentimientos de muchos ciudadanos.
Finalmente recordarle que como Patrono de la Fundación Valencia CF vd. está obligado a cumplir fielmente los fines fundacionales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley y los Estatutos de la Fundación y no solo los de un tercero aunque éste sea la Institución Autonómica que en su caso represente.
FDO. JAIME NAVARRO”